Es Un Hecho el pago de los tres refuerzos previsionales para las jubilaciones mínimas



Economia 

Formalizaron el pago de los tres refuerzos previsionales para las jubilaciones mínimas

 mayo 30, 2023  todomisiones  0 comentarios Jubilaciones, PENSIONES, Refuerzo

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El Gobierno oficializó el refuerzo para las jubilaciones y pensiones mínimas que había sido anunciado por Sergio Massa y Fernanda Raverta, la directora ejecutiva de ANSES, el 10 de mayo pasado. Este incremento se suma al 21% que corresponde a la Ley de Movilidad y al Aguinaldo.


Según detalla el Decreto 282/2023 en Boletín Oficial, se otorgará un refuerzo del ingreso previsional por un monto máximo de $ 15.000, $ 17.000 y $ 20.000 que se abonarán en junio, julio y agosto de 2023.


Asimismo, en el mes de junio se pagará el medio aguinaldo, por lo que un jubilado de la mínima percibirá $121.407. Además, quienes perciban una jubilación o pensión de hasta dos haberes mínimos también cobrarán un proporcional del refuerzo de hasta 5.000. Así, una persona con ingresos de hasta dos jubilaciones mínimas, a partir de junio pasará a percibir $146.876 más el aguinaldo.


Refuerzo ANSES: quiénes podrán acceder

1. Los y las titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES


2. Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;


3. Los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.


Refuerzo ANSES: cómo se cobrarán los $ 15.000 en junio

El aumento de los $ 15.000 en junio será cobrado por aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $ 70.938,24.


El refuerzo será de $ 5.000 para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $ 80.938,24 y menor o igual a $ 141.876,48.


El documento establece que, para JUNIO 2023 aquellos y aquellas titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $ 70.938,24 y menor o igual a $ 80.938,24, el monto del refuerzo del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria para alcanzar los $ 85.938,24. Lo mismo ocurre para aquellos que cobren un importe superior a $ 141.876,48 hasta los $ 146.876,48.


Refuerzo ANSES: cómo se cobrarán los $ 17.000 en julio

Será de $ 17.000 para los titulares que en la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto menor o igual a $ 70.938,24.


De $ 5.000 para titulares que por todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $ 82.938,24 y menor o igual a $ 141.876.48.


Para todos los titulares que con la suma de sus prestaciones perciban un importe superior a $ 70.938,24 y menor o igual a $ 82.938,24, el monto del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria para alcanzar los $ 87.938,24.


Para los titulares que perciban un importe superior a $ 141.876,48 y hasta $ 146.876,48, el monto del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.


Refuerzo ANSES: cómo se cobrarán los $20.000 en agosto

-$ 20.000 para los que cobren $ 70.938,24


-$ 5.000 para los que perciban un importe superior a $ 85.938,24 y menor o igual a $ 141.876,48.


-Para los que peciben un importe superior a los $ 70.838,24 y menor o igual a $ 85.938,24 el monto del refuerzo será equivalente a a cantidad necesaria para alcanzar los $ 90.838,24.


-Para los que perciban un ingreso superior a $ 141.876,48 y hasta $ 146.876,48, el monto del refuerzo será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.


ANSES: tres datos a tener en cuenta

– Para percibir el refuerzo de ingreso previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación.


– En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos y estas deberán ser considerados y consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto.


– El refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

FUENTE: MINISTERIO DE ECONOMIA DE 

LA NACIÓN 

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