La modificación que se aprobó este jueves en la sesión virtual de la Cámara de Representantes, agrega a la Ley Orgánica de Municipalidades, en las competencias, atribuciones y deberes de los concejos deliberantes, las de instituir planes, programas y medidas para la protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia; y el resguardo de sus derechos relativos a la vida, integridad física, salud, seguridad social, cuidado y protección especial, educación, cultura, vida en familia, juego, recreación, y a opinar y ser oídos.
La Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece la creación de un sistema local de protección a través de la formación de redes e instituciones. En el ámbito local, en cada municipio es posible hacer una comunicación entre las instituciones para que las situaciones de vulneración de derechos pasen a ser responsabilidad de la comunidad. Esa red local implica construir un sistema de protección, una manera de enfocar la gerencia social para potenciar y optimizar los recursos ya existentes.
Con esta modificación se busca la implementación de un sistema transversal de garantía y efectivización de los derechos de niños, niñas y adolescentes y la familia, mediante acciones adoptadas con criterios interdisciplinarios y participación de todos los sectores sociales, se explica en los fundamentos de la iniciativa.
“La intervención a favor de las niñas, niños y adolescentes no solamente llevará a preocuparse y tomar medidas para atender a los más vulnerables, sino que, propiciará la instalación de sistemas de alerta temprana para que, ante una señal irregular, se active el mecanismo de protección de los derechos de los mismos”, manifestó el diputado Carlos Rovira, autor del proyecto.
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